El servicio surge por la publicación y notificación de la Resolución 2013 del 20 de Nov. 2020, y tiene como objeto definir los contenidos máximos de sodio de alimentos procesados, priorizados en el marco de la estrategia nacional de reducción del consumo de sodio, con el fin de contribuir a la reducción de la hipertensión arterial y de las enfermedades no trasmisibles asociadas a esta, con el objetivo legítimo de proteger la salud de la población

A quien está dirigido y donde se puede prestar el servicio:

Todas aquellas empresas que importen/comercialicen alimentos procesados priorizados destinados al consumo humano y sean distribuidos para ser comercializados en el territorio nacional.

Esquema de certificación

El importador o fabricante debe contar con certificado conforme a la ISO/IEC 17067, mediante el cual se demuestre el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 4, bajo alguno de los siguientes tipos de certificación de producto:

Esquema 1B: Certificación de todo un lote de producto. Si el resultado es positivo, todos los elementos del lote pueden ser descritos como certificados y pueden llevar la marca de conformidad.

Esquema 3: La parte de vigilancia de este esquema implica la toma de muestra periódica del producto proveniente del punto de producción y su sometimiento a las actividades de determinación para verificar que los elementos producidos posteriormente a la testación inicial cumplen los requisitos especificados. La vigilancia incluye la evaluación periódica del proceso de producción.